Como padre, y como experto en tecnologías de monitorización y control de contenidos en los dispositivos móviles, no puedo sino acoger con satisfacción la reciente sentencia de un juzgado de Pontevedra que avalaba la decisión de un padre de inspeccionar físicamente los whatsapps de su hija de ¡9! años, hecho que había sido denunciado por la madre de la menor.

En España, y en Europa en general, es posible realizar dicho tipo de inspecciones sin ningún tipo de consentimiento para menores de 14 años. Para menores de entre 14 y 17 años, se necesita de su consentimiento.

El sentido común nos dicta que otorgar un derecho de uso de un terminal móvil a un menor, en algunos casos de edad tan reducida como 9 años, sin ningún tipo de medida de protección, puede ser tan insensato como conducir un coche sin cinturones de seguridad y sin paragolpes. De repente, el menor tiene acceso a contenidos pornográficos, a información de promoción de estilos de vida potencialmente devastadores para la salud (páginas pro-ana y pro-mía), a sitios de juego online o a apps de mensajería instantánea y redes sociales donde hacer «amistades» (en ocasiones interesadas por parte de depredadores) y/o «enemistades» (rayanas en el odio violento) con toda la falta de precaución y de contención inherentes a un menor de edad.

Y los padres no podemos estar, además de dedicando tiempo a nuestra propia carga de trabajo, pendientes siempre de la actividad online de los hijos. En este sentido, han surgido numerosas apps instalables en los dispositivos móviles que ofrecen algún tipo de protección, desde las menos exhaustivas, que monitorizan solo aplicaciones abiertas (llamadas, mensajes, navegación, contactos, geolocalización, etc), hasta las más exhaustivas, que también incluyen la monitorización de aplicaciones de mensajería instantánea (Whatsapp, Kik, Snapchat, Instagram, Tinder, etc) y redes sociales (Facebook, Linkedin, etc). En este sentido, y desde España, destaca la iniciativa Virtual Bodyguard© impulsada por la compañía Integra Información y Comunicación, S.L., que acompaña la monitorización sobre tecnología de inspección en los móviles con una metodología holística de prevención, detección y tratamiento de situaciones potencialmente peligrosas para los menores relacionados con eventos de acoso escolar (sexual, odio/violencia, etc) o posibles patologías (adicciones, conductas potencialmente suicidas, otras).

En conclusión, no puedo estar más de acuerdo con la sentencia del juez de Pontevedra, y me gustaría hacer un llamamiento a los padres para que no descuiden la protección de sus hijos frente a las nuevas tecnologías. No hay que caer en alarmismos innecesarios, pero medidas como los filtros «safe search» en buscadores, algún tipo de aplicación de monitorización de la actividad online, y sobre todo un diálogo con los hijos que les abra los ojos y les mantenga alerta frente al inmenso universo online que se abre ante ellos cuando disponen de su primer dispositivo, me parecen absolutamente necesarios.

Feliz Navidad a todos.

 

Rubén Pozuelo Grimaldos
Consultor I+D+i. Experto TIC/Digital
En Madrid, 1 de Enero de 2018